TRABAJO DE TECNOLOGIA
GRADO : 10
INTEGRANTES
SAIRA GRACIANO
YULIETH VALENCIA
AÑO 2014
Actividad 1
Consulta
1. Consultar la biografía del ministro de las TIC. Cuales son las
funciones y los Objetivos del ministerio
de las TIC.
Biografia del tic
Los orígenes de lo que es hoy el Ministerio de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones se remontan a la época colonial con la
creación del correo de indias en 1514; posteriormente se crea
la Casa Real de Administración de Correos en 1553.
Ya en la época de la república en el año de 1847, siendo presidente el
General Tomás Cipriano de Mosquera se desarrollan los primeros trámites para la construcción del telégrafo eléctrico con la colaboración de la Gran Bretaña. Después, en el gobierno de Manuel Murillo Toro se realiza el primer mensaje telegráfico entre cuatro esquinas (Municipio de Mosquera) y Santafé de Bogotá. En 1876 por medio del decreto 160 se reglamentan las normas para la construcción y
preservación de las líneas telegráficas que estaban a cargo de particulares.
Posteriormente a inicios del siglo XX el Gobierno nacional retoma la administración directa de los teléfonos y
telégrafos nacionales, con la creación de la intendencia de telégrafos, como
organismo dependiente del ministerio de gobierno. Ya en 1913 la compañía Marconi Wireless empieza a prestar el servicio de Radiotelegrafía en el país, que contó con una red compuesta por 12 ciudades.
En 1919 Marconi Wireless se encarga de la construcción de la estación
internacional en Bogotá, obra inaugurada en abril de 1923. Mediante las leyes 85 y
198 de 1926 se ordena la construcción del Palacio de las Comunicaciones, en la Carrera
8 entre calles 12 y 13, tras la orden dada por Eduardo Santos de demoler el Convento de Santo Domingo en 1938. El Palacio fue
inaugurado en 1944. Más adelante en 1960 se traslada al edificio de comunicaciones la estatua de Manuel Murillo
Toro, por lo cual este empieza a ser reconocido por el nombre del ex
presidente.
Más tarde en 1953 por medio del decreto 259, el gobierno nacional realiza una
reestructuración en la cual el Ministerio de Correos y Telégrafos cambia al
Ministerio de Comunicaciones, estableciendo su funcionamiento con base en los
departamentos de Correos, de Telecomunicaciones y Giros. Para el año de 1976, el ministerio es objeto
de otra modificación, en aras de atender las necesidades resultantes de los
cambios producidos por las tecnologías aplicadas a las telecomunicaciones y se
establece como sector dentro de la rama ejecutiva del poder público.
A mediados del 2009 en el gobierno del ex presidente Álvaro Uribe Vélez se sanciona la ley 1341, pasando del ministerio de comunicaciones al
actual ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Con
esta ley se enmarca el desarrollo del sector y se promueve el acceso y uso de
las TICS a través de la masificación, el impulso a la libre competencia, el uso
eficiente de la infraestructura y en especial, busca fortalecer la protección
de los derechos de los usuarios.
Funciones Del Tic
La Oficina Internacional del Ministerio de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de acuerdo con el Decreto
091 de 2010, tiene como funciones:
- Apoyar y asesorar al Ministro en el desarrollo de
las políticas, lineamientos y acciones en el marco de las relaciones con
organismos internacionales del sector y otras instancias en el marco de la
cooperación internacional o relaciones bilaterales.
- Actuar como órgano de enlace y referencia del
sector ante los organismos e instancias internacionales y apoyar el
mantenimiento de las relaciones del Ministerio con ellos.
- Elaborar conceptos sobre acciones, acuerdos,
proyectos, convenios y cualquier otro instrumento en el marco de las
relaciones y negociaciones internacionales que garantice que las políticas
nacionales sobre tecnologías de la información y las comunicaciones queden
plasmadas en los procesos de negociación y firma de los respectivos
instrumentos.
- Apoyar y participar en los procesos de
negociación de instrumentos de regulación y cooperación internacional del
sector y el Ministerio, en coordinación con el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
- Identificar y aportar insumos de las tendencias y
discusiones que se dan en los diferentes organismos de cooperación,
comercio y regulación en el marco internacional sobre temas y elementos
que afectan el sector de las tecnologías de la información y las
telecomunicaciones.
- Gestionar la cooperación internacional en apoyo
al desarrollo del sector de las TIC en Colombia.
- Coordinar con las áreas misionales del Ministerio
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la consecución de
recursos de cooperación internacional que puedan ser aplicados a los
planes, programas y proyectos de acceso, promoción y desarrollo social de
las tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Diseñar y definir metodologías para el análisis y
seguimientos de los temas y asuntos de relaciones internacionales del
sector.
- Realizar el seguimiento y evaluación de los
instrumentos concertados y preparar conceptos para el despacho del
Ministro y otras instancias sobre condiciones y resultados de los mismos.
- Promover el intercambio de expertos y
experiencias en temas de política, regulación y otros aspectos relevantes
para el desarrollo de las tecnologías de la información y las
comunicaciones, así como de oportunidades de capacitación y desarrollo de
recursos humanos especializados.
- Difundir los aspectos más relevantes de las
discusiones mundiales sobre temas de actualidad en materia de política,
regulación y vigilancia en el sector de tecnologías de la información y
las comunicaciones.
- Las demás que le sean asignadas inherentes a la
naturaleza de la dependencia.
Objetivos
·
Mejorar la calidad de vida de los
ciudadanos mediante el acceso, uso y apropiación de las TIC, generando de esta
forma desarrollo social y económico.
·
Estructurar un marco regulatorio que
permita la competitividad, la innovación y el acceso a las TIC.
·
Prestar el servicio y actividades de
habilitación y vigilancia de los servicios de telecomunicaciones en forma
oportuna y eficaz; cumpliendo con los requisitos de la normatividad legal
vigente.
·
Fortalecer las competencias del equipo de
trabajo del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
–Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
·
Garantizar el mejoramiento continuo de la
Gestión Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
– Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a través del
aumento en el desempeño de los procesos.
·
Aumentar los niveles de satisfacción de
nuestros clientes y demás partes interesadas
2. Analizo
la Ley 1341 de 2009 o ley TIC, copio cada articulo con lo que trata.
2. ARTíCULO 1.-
OBJETO. La prese
nte Ley determina el
marco general para la
formulación de las
políticas públicas que regirán el sector de las Tecnologías de
la Información y las
Comunicaciones, su ordenamiento general, el régimen de
competencia, la
protección al usuario, así como lo concerniente a la cobertura,
la calidad del
servicio, la promoción de la inversión en el sector y el desarrollo de
estas tecnologías, el
uso eficiente de las redes y del espectro radioeléctrico, así
como las potestades
del Estado en relación con la planeación, la gestión, la
administración
adecuada y eficiente de los recursos, regulación, control y
vigilancia del mismo y
facilitando el libre acceso y sin discriminación de los
habitantes del
territorio nacional a la Sociedad de la Información.
Parágrafo. El servicio
de televisión y el servicio postal continuarán rigiéndose
por las normas
especiales pertinentes, con las excepciones específicas que
contenga la presente
ley.
Sin perjuicio de la
aplicación de losili principios generales del derecho.
ARTíCULO 2.-
PRINCIPIOS ORIENTADORES. La investigación, el fomento, la
promoción y el
desarrollo de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones son una
política de Estado que involucra a todos los sectores y
niveles de la
administración pública y de la sociedad, para contribuir al
desarrollo educativo,
cultural, económico, social y político e incrementar la
productividad, la
competitividad, el respeto a los derechos humanos inherentes y
la inclusión social.
Las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones deben servir al interés
general y es deber del
Estado promover su acceso eficiente y en igualdad de
oportunidades, a todos
los habitantes del territorio nacional.
Son principios
orientadores de la presente Ley:
1. Prioridad al acceso
y uso de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones. El
Estado y en general todos los agentes del sector de
/las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones deberán
colaborar, dentro del
marco de sus obligaciones, para priorizar el acceso
y uso a las
Tecnologias de la Información y las Comunicaciones en la
producción de bienes y
servicios, en condiciones no discriminatorias en la
conectividad, la
educación los contenidos y la competitividad.
2. Libre competencia.
El Estado propiciará escenarios de libre y leal
competencia que
incentiven la inversión actual y futura en el sector de las
TIC y que permitan la
concurrencia al mercado, con observancia del
régimen de
competencia, bajo precios de mercado y en condiciones de
igualdad. Sin
perjuicio de lo anterior, el Estado no podrá fijar condiciones
distintas ni privilegios
a favor de unos competidores en situaciones
similares a las de
otros y propiciará la sana competencia.
3. Uso eficiente de la
infraestructura y de los recursos escasos. El
Estado fomentará el
despliegue y uso eficiente de la infraestructura para
la provisión de redes
de telecomunicaciones y los servicios que sobre
ellas se puedan
prestar, y promoverá el óptimo aprovechamiento de los
recursos escasos con
el ánimo de generar competencia, calidad y
eficiencia, en
beneficio de los usuarios, siempre y cuando se remunere
dicha infraestructura
a costos de oportunidad, sea técnicamente factible,
no degrade la calidad
de servicio que el propietario de la red viene
prestando a sus
usuarios y a los terceros, no afecte la prestación de sus
propios servicios y se
cuente con suficiente infraestructura, teniendo en
cuenta la factibilidad
técnica y la remuneración a costos eficientes del
acceso a dicha
infraestructura. Para tal efecto, dentro del ámbito de sus
competencias, las
entidades de orden nacional y territorial están
obligadas a adoptar
todas las medidas que sean necesarias para facilitar
y garantizar el
desarrollo de la infraestructura requerida, estableciendo las
garantías y medidas
necesarias que contribuyan en la prevención,
cuidado y conservación
para que no se deteriore el patrimonio público y
el interés general.
4. Protección de los
derechos de los usuarios. El Estado velará por la
adecuada protección de
los derechos de los usuarios de las Tecnologías
de la Información y de
las Comunicaciones, así como por el cumplimiento
de los derechos y
deberes derivados del Habeas Data, asociados a la
prestación del
servicio. Para tal efecto, los proveedores y/u operadores
directos deberán·
prestar sus servicios a precios de mercado y utilidad
razonable, en los
niveles de calidad establecidos en los títulos
habilitantes o, en su
defecto, dentro de los rangos que certifiquen las
entidades competentes
e idóneas en la materia y con información clara,
transparente, necesaria,
veraz y anterior, simultanea y de todas maneras
oportuna para que los
usuarios tomen sus decisiones.
5. Promoción de la
Inversión. Todos los proveedores de redes y servicios
de telecomunicaciones
tendrán igualdad de oportunidades para acceder
al uso del espectro y
contribuirán al Fondo de Tecnologías de la
Información y las
Comunicaciones.
6. Neutralidad
Tecnológica. El Estado garantizará la libre adopción de
tecnologías, teniendo
en cuenta recomendaciones, conceptos y
normativas de los
organismos internacionales competentes e idóneos en
la materia, que
permitan fomentar la eficiente prestación de servicios,
contenidos y
aplicaciones que usen Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones y
garantizar la libre y leal competencia, y que su
adopción sea armónica
con el desarrollo ambiental sostenible.
1. El Derecho a la
comunicación, la información y la educación y los
servicios básicos de
las TIC: En desarrollo de los artículos 20 y 67 de la
Constitución Nacional
el Estado propiciará a todo colombiano el derecho
al acceso a las
tecnologías de la información y las comunicacionesbásicas, que permitan el
ejercicio pleno de los siguientes derechos: La
libertad de expresión
y de difundir su pensamiento y opiniones, la de
informar y recibir
información veraz e imparcial, la educación y el acceso
al conocimiento, a la
ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores
de la cultura.
Adicionalmente el Estado establecerá programas para que
la población de los
estratos desarrollará programas para que la población
de los estratos menos
favorecidos y la población rural tengan acceso y
uso a las plataformas
de comunicación, en especial de Internet y
contenidos
informáticos y de educación integral.
B. Masificación del
gobierno en línea. Con el fin de lograr la prestación de
servicios eficientes a
los ciudadanos, las entidades públicas deberán
adoptar todas las
medidas necesarias para garantizar el máximo
aprovechamiento de las
Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones en el
desarrollo de sus funciones. El Gobierno Nacional
fijará los mecanismos
y condiciones para garantizar el desarrollo de este
principio. Y en la
reglamentación correspondiente establecerá los plazos,
términos y
prescripciones, no solamente para la instalación de las
infraestructuras
indicadas y necesarias, sino también para mantener
actualizadas y con la
información completa los medios y los instrumentos
tecnológicos.
ARTíCULO 3.- SOCIEDAD
DE LA INFORMACiÓN Y DEL CONOCIMIENTO. El
Estado reconoce que el
acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, el
despliegue y uso eficiente de la infraestructura, el desarrollo
de contenidos y
aplicaciones, la protección a los usuarios, la formación de
talento humano en
estas tecnologías y su carácter transversal, son pilares para
la consolidación de
las sociedades de la información y del conocimiento.
ARTíCULO 4.-
INTERVENCiÓN DEL ESTADO EN EL SECTOR DE LAS
TECNOLOGíAS DE LA
INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES. En
desarrollo de los
principios de intervención contenidos en la Constitución
Política, el Estado
intervendrá en el sector las Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones
para lograr los siguientes fines:
1. Proteger los
derechos de los usuarios, velando por la calidad, eficiencia y
adecuada provisión de
los servicios.
2. Promover el acceso
a las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones,
teniendo como fin último el servicio universal.
3. Promover el
desarrollo de contenidos y aplicaciones, la prestación de
servicios que usen
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y
la masificación del
gobierno en linea.
4. Promover la oferta
de mayores capacidades en la conexión, transporte y
condiciones de
segurídad del servicio al usuario final, incentivando
acciones de prevención
de fraudes en la red.
5. Promover y
garantizar la libre y leal competencia y evitar el abuso de la
posíción dominante y
las prácticas restrictivas de la competencia.
6. Garantizar el
despliegue y el uso eficiente de la infraestructura y la
igualdad de oportunidades
en el acceso a los recursos escasos, se
buscará la expansión,
y cobertura para zonas de difícil acceso, en
especial beneficiando
a poblaciones vulnerables.
7. Garantizar el uso
adecuado del espectro radioeléctrico, así como la
reorganización del
mismo, respetando el principio de protección a la
inversión, asociada al
uso del espectro. Los proveedores de redes y
servícios de
telecomunicaciones responderán jurídica y económicamente I
Ij
'
por los daños causados
a las infraestructuras. //
8. Promover la ampliación
de la cobertura del selvicio.
~=======~\~)======f
-H
/' ,9. Garantizar la
interconexión y la interoperabilidad de las redes de
telecomunicaciones,
asi como el acceso a los elementos de las redes e
instalaciones
esenciales de telecomunicaciones necesarios para
promover la provisión
y comercialización de servicios, contenidos y
aplicaciones que usen
Tecnologias de la Información y las
Comunicaciones.
10.lmponer a los
proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones
obligaciones de
provisión de los servicios y uso de su infraestructura, por
razones de defensa
nacional, atención y prevención de situaciones de
emergencia y seguridad
pública.
11.Promover la
seguridad informática y de redes para desarrollar las
Tecnologias de la
Información y las Comunicaciones.
12.lncentivar y
promover el desarrollo de la industria de tecnologias de la
información y las
comunicaciones para contribuir al crecimiento
económico, la
competitividad, la generación de empleo y las
exportaciones.
13.Propender por la
construcción, operación y mantenimiento de
infraestructuras de
las tecnologías de la información y las
comunicaciones por la
protección del medio ambiente y la salud pública.
Parágrafo. El Gobierno
Nacional reglamentará lo pertinente al cumplimiento de
los anteriores fines,
teniendo en cuenta las necesidades de la población y el
avance de las
tecnologías de la información y las comunicaciones, así como el
estado de desarrollo
de la Sociedad de la Información en el pais, para lo cual, se
tendrá en cuenta la
participación de todos los actores del proceso, en especial a
los usuarios. Se
exceptúa de la aplicación de los numerales 4 y 9 de este
artículo el servicio
de radiodifusión sonora.
ARTíCULO 5.- LAS
ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL Y
LAS TECNOLOGíAS DE LA
INFORMACiÓN Y LAS COMUNICACIONES, TIC.
Las entidades de orden
nacional y territorial promoverán, coordinarán y
ejecutarán planes,
programas y proyectos tendientes a garantizar el acceso y
uso de la población,
las empresas y las entidades públicas a las Tecnologías de
la Información y las
Comunicaciones. Para tal efecto, dichas autoridades
incentivarán el
desarrollo de infraestructura, contenidos y aplicaciones, así como
la ubicación
estratégica de terminales y equipos que permitan realmente a los
ciudadanos acceder a
las aplicaciones tecnológicas que beneficien a los
ciudadanos, en
especial a los vulnerables y de zonas marginadas del país.
Parágrafo 1°. Las
entidades de orden nacional y territorial incrementarán los
servicios prestados a
los ciudadanos a través del uso de las Tecnologías de la
Información y las
Comunicaciones. El Gobiemo reglamentará las condiciones en
que se garantizará el
acceso a la información en línea, de manera abierta,
ininterrumpida y
actualizada, para adelantar trámites frente a entidades públicas,
inclusive en el
desarrollo de procesos de contratación y el ejercicio del derecho
al voto.
ARTíCULO 6.-
DEFINICiÓN DE TIC: Las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones (en
adelante TIC), son el conjunto de recursos, herramientas,
equipos, programas
informátícos, aplicaciones, redes y medios, que permiten la
compilación,
procesamiento, almacenamiento, transmisión de información como:
voz, datos, texto,
vídeo e imágenes.
El Ministerio de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones junto con
la CRC, deberán
expedir el glosario de definiciones acordes con los postuladosde la UIT y otros
organismos internacionales con los cuales sea Colombia
firmante de protocolos
referidos a estas materias.
ARTíCULO 7.- CRITERIOS
DE INTERPRETACiÓN DE LA LEY. Esta Ley se
interpretará en la
forma que mejor garantice el desarrollo de los principios
orientadores
establecidos en la misma, con énfasis en la promoción y garantia
de libre y leal
competencia y la protección de los derechos de los usuarios.
ARTíCULO 8.- LAS
TELECOMUNICACIONES EN CASOS DE EMERGENCIA,
CONMOCiÓN O CALAMIDAD
Y PREVENCiÓN PARA DICHOS EVENTOS. En
casos de atención de
emergencia, conmoción interna y externa, desastres, o
calamidad pública, los
proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones
deberán poner a
disposición de las autoridades de manera gratuita y oportuna,
las redes y servicios
y darán prelación a dichas autoridades en la transmisión de
las comunicaciones que
aquellas requieran. En cualquier caso se dará prelación
absoluta a las
transmisiones relacionadas con la protección de la vida humana.
Igualmente darán
prelación a las autoridades en la transmisión de
comunicaciones
gratuitas y oportunas para efectos de prevención de desastres,
cuando aquellas se
consideren indispensables.
Los proveedores de
redes y servicios de telecomunicaciones deberán
suministrar a las
autoridades competentes, sin costo alguno, la información
disponible de
identificación y de localización del usuario que la entidad
solicitante considere
útil y relevante para garantizar la atención eficiente en los
eventos descritos en
el presente articulo.
ARTíCULO 9.- EL SECTOR
DE LAS TECNOLOGíAS DE LA INFORMACiÓN Y
LAS COMUNICACIONES. El
sector de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones está
compuesto por industrias manufactureras, comerciales y
de servicios cuyos
productos recogen, procesan, crean, transmiten o muestran
datos e información
electrónicamente.
Para las industrias
manufactureras, los productos deben estar diseñados para
I
cumplir la función de
tratamiento de la información y la comunicación, incluidas
la transmisión y la
presentación, y deben utilizar el procesamiento electrónico
para detectar, medir
y/o registrar fenómenos físicos o para controlar un proceso
fisico.
Para las industrias de
servicios, los productos de esta industria deben estar
diseñados para
permitir la función de tratamiento de la información y la
comunicación por
medios electrónicos, sin afectar negativamente el medio
ambiente.
TITULO 11
PROVISiÓN DE LAS REDES
Y SERVICIOS Y ACCESO A RECURSOS
ESCASOS
ARTíCULO 10.-
HABILITACiÓN GENERAL. A partir de la vigencia de la
presente Ley, la
provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, que es
un servicio público
bajo la titularidad del Estado, se habilita de manera general, y
causará una
contraprestación periódica a favor del Fondo de las Tecnologías de
la Información y las Comunicaciones.
Esta habilitación comprende, a su vez, la
V
autorización para la
instalación, ampliación, modificación, operación y
explotación de redes
de telecomunicaciones, se suministren o no al público. La
habilitación a que
hace referencia el presente artículo no incluye el derecho al
I,;;=u;;s;;o;;d;;e;;l;;e;;s;;p;;ec;;t;;ro=ra;;d;;io;;e;;l;;é;;ct;;r;;ic;;o;;.
===~;;C~===========;;jy
- r.. ;.) /ARTíCULO
11.- ACCESO AL USO DEL ESPECTRO RADlOELÉCTRICO. El
uso del espectro
radioeléctrico requiere permiso previo, expreso y otorgado por
el Ministerio de
Tecnologias de la Información y las Comunicaciones.
El permiso de uso del
espectro respetará la neutralidad en la tecnología siempre
y cuando esté
coordinado con las políticas del Ministerio Comunicaciones, no
generen interferencias
sobre otros servicios, sean compatibles con las
tendencias
internacionales del mercado, no afecten la seguridad nacional, y
contribuyan al
desarrollo sostenible. El Ministerio de Tecnologías de la
Información y las
Comunicaciones adelantará mecanismos de selección
objetiva, previa
convocatoria pública, para el otorgamiento del permiso para el
uso del espectro
radioeléctrico y exigirá las garantías correspondientes. En
aquellos casos, en los
que el nivel de ocupación de la banda y la suficiencia del
recurso lo permitan,
así como cuando prime la continuidad del servicio o la
ampliación de la
cobertura, el Ministerio podrá otorgar los permisos de uso del
espectro de manera
directa.
En la asignación de
las frecuencias necesarias para la defensa y seguridad
nacional, el
Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
tendrá en cuenta las
necesidades de los organismos de seguridad del Estado. El
trámite, resultado e
información relativa a la asignación de este tipo de
frecuencias tiene
carácter reservado. El Gobierno Nacional podrá establecer
bandas de frecuencias
de uso libre de acuerdo con las recomendaciones de la
UIT, y bandas exentas
del pago de contraprestaciones entre otras para
programas sociales del
Estado.
Parágrafo Primero:
Para efectos de la aplicación de presente artículo, se debe
entender que la
neutralidad tecnológica implica la libertad que tienen los
proveedores de redes y
servicios de usar las tecnologías para la prestación de
todos los servicios
sin restricción distinta a las posibles interferencias
perjudiciales y el uso
eficiente de los recursos escasos.
Parágrafo Segundo. Los
permisos para el uso del espectro radioeléctrico
podrán ser cedidos,
previa autorización del Ministerio de Tecnologías de la
Información y las
Comunicaciones en los térmínos que éste determine sin
desmejora de los
requisitos, calidad y garantías del uso, acceso y beneficio
común del espectro.
ARTíCULO 12.- PLAZO Y
RENOVACiÓN DE LOS PERMISOS PARA EL USO
DEL ESPECTRO
RADIOELÉCTRICO. El permiso para el uso del espectro
radioeléctrico tendrá
un plazo definido inicial hasta de diez (10) años, el cual
podrá renovarse a
solicitud de parte por períodos iguales al plazo inicial. Por
razones de interés
público, o cuando resulte indispensable el reordenamiento
nacional del espectro
radioeléctrico, o para dar cumplimiento a las atribuciones y
disposiciones
internacionales de frecuencias, el plazo de renovación podrá ser
inferior al plazo
inicial.
El Ministerio de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
establecerá las
condiciones de la renovación, que tenga en cuenta el uso
eficiente que se ha
hecho del recurso, el cumplimiento de los planes de
expansión, la
cobertura de redes y servicios y la disponibilidad del recurso,
teniendo en cuenta los
principios del artículo 75 de la Constitución Politica.
La renovación de los
permisos de uso del espectro radioeléctrico incluirá
condiciones razonables
y no discriminatorias que sean compatibles con eldesarrollo tecnológico futuro
del país, la continuidad del servicio y los incentivos
adecuados para la
inversión.
La renovación no podrá
ser gratuita, ni automática. El interesado deberá
manifestar en forma
expresa su intención de renovar el permiso con tres (3)
meses de antelación a
su vencimiento, en caso contrario, se entenderá como no
renovado.
ARTíCULO 13.-
CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA POR LA UTILIZACiÓN
DEL ESPECTRO
RADIOELÉCTRICO. La utilización del espectro radioeléctrico
por los proveedores de
redes y servicios de telecomunicaciones dará lugar a
una contra prestación
económica a favor del Fondo de las Tecnologías de la
Información y las
Comunicaciones. El importe de esta contraprestación será
fijado mediante
resolución por el Ministro de Tecnologías de la información y las
Comunicaciones, con
fundamento, entre otros, en los siguientes aspectos:
ancho de banda
asignado, número de usuarios potenciales, disponibilidad del
servicio, planes de
expansión y cobertura, demanda por el espectro y su
disponibilidad y
cualquier otro parámetro técnico que sirva como indicador del
precio que debe
recibir el Estado por la utilización del espectro radioeléctrico.
La contraprestación
económica de que trata este artículo deberá pagarse por el
respectivo proveedor
de redes o servicio de telecomunicaciones con ocasión del
otorgamiento o
renovación del permiso para la utilización del espectro
radioeléctrico.
ARTíCULO 14.-
INHABILlDADES PARA ACCEDER A LOS PERMISOS PARA
EL USO DEL ESPECTRO
RADIOELÉCTRICO. No podrán obtener permisos
para el uso del
espectro radioeléctrico:
1. Aquellos a quienes
se les haya declarado la caducidad del contrato de
concesión para prestar
cualquier servicio de telecomunicaciones.
2. Aquellos a quienes
por cualquier causal se les haya cancelado la licencia
para prestar servicios
o actividades de telecomunicaciones, así como el
permiso para hacer uso
del espectro radioeléctrico.
3. Aquellas personas
naturales que hayan sido representantes legales,
miembros de juntas o
consejos directivos y socios de personas jurídicas a
quienes se les haya
declarado la caducidad del contrato de concesión
para prestar cualquier
servicio de telecomunicaciones y/o cancelado la
licencia para prestar
servicios o actividades de telecomunicaciones, así
como el permiso para
hacer uso del espectro radioeléctrico;
4. Aquellas personas
que hayan sido condenadas a penas privativas de la
libertad, salvo cuando
se trate de delitos políticos o culposos.
5. Aquellas personas
naturales o jurídicas, sus representantes legales,
miembros de juntas o Consejos
Directivos y socios, que no se encuentren
al día con el
Ministerio de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones o el
Fondo de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, por
concepto de sus obligaciones.
Parágrafo. Las
inhabilidades a que hacen referencia los numerales 1, 2 Y 3 del
presente artículo, se
extenderán por el término de cinco (5) años contados a
partir de la
ejecutoria del acto administrativo que declaró la caducidad del
contrato, la
cancelación de la licencia, o del permiso. En todo caso con razones
y cargos previamente
justificados y sin violación del debido proceso y el derecho
de defensa.
-e '\ /
3.
Defino algunos términos relacionados con TIC( IP, Router, WI- Fi, Red, banda
ancha, fibra óptica, ADSL, Enrutador..
2. Router
: Un router —anglicismo también conocido enrutador o encaminadorde
paquetes y españolizado comorúter—1 es un dispositivo que proporciona
conectividad a nivel de red o nivel tres en el modelo OSI. Su función principal consiste en
enviar o encaminar paquetes de datos de una red a otra, es decir, interconectarsubredes, entendiendo
por subred un conjunto de máquinas IP que se pueden comunicar sin la
intervención de un encaminador
(mediantebridges), y que por tanto tienen prefijos
de red distintos
3. wi-fi
Wi-Fi (/ˈwaɪfaɪ/; en algunos países hispanohablantes /ˈwifi/) es un mecanismo de conexión de dispositivos electrónicos de forma inalámbrica. Los dispositivos habilitados con Wi-Fi, tales como: un ordenador
personal, una consola de videojuegos, un smartphone o
un reproductor de audio digital, pueden conectarse a Internet a través de un punto de acceso de red inalámbrica. Dicho punto
de acceso (o hotspot) tiene un alcance
de unos 20 metros en interiores y al aire libre una distancia mayor. Pueden
cubrir grandes áreas la superposición de múltiples puntos de acceso.
Wi-Fi es
una marca de la Wi-Fi Alliance (anteriormente la WECA: Wireless Ethernet Compatibility Alliance), la organización comercial que adopta, prueba y certifica que los equipos
cumplen los estándares 802.11 relacionados a redes inalámbricas de área local.
3.Red
Una red social es una
forma de representar una estructura social, asignándole un grafo, si dos elementos del conjunto de actores (tales
como individuos u organizaciones) están relacionados de acuerdo a algún
criterio (relación profesional, amistad, parentesco, etc.) entonces se
construye una línea que conecta los nodos que representan a dichos elementos.
El tipo de conexión representable en una red social es una relación diádica olazo
interpersonal, que se pueden interpretar como
relaciones de amistad, parentesco, laborales, entre otros.
La investigación multidisciplinar ha
mostrado que las redes sociales constituyen representaciones útiles en muchos
niveles, desde las relaciones de parentesco hasta las relaciones de
organizaciones a nivel estatal (se habla en este caso de redes políticas), desempeñando un papel crítico en la determinación de la agenda política
y el grado en el cual los individuos o las organizaciones alcanzan sus
objetivos o reciben influencias.
El análisis de redes sociales estudia
esta estructura social aplicando la teoría
de grafos e identificando las entidades como
"nodos" o "vértices" y las relaciones como "enlaces"
o "aristas". La estructura del graforesultante es a
menudo muy compleja. Como se ha dicho, En su forma más simple, una red social es un mapa de
todos los lazos relevantes entre todos los nodos estudiados. Se habla en este
caso de redes "socio céntricas" o "completas". Otra opción
es identificar la red que envuelve a una persona (en los diferentes contextos
sociales en los que interactúa); en este caso se habla de "red
personal".
La red social también puede ser
utilizada para medir el capital
social (es decir, el valor que un
individuo obtiene de los recursos accesibles a través de su red social). Estos
conceptos se muestran, a menudo, en un diagrama donde los nodos son puntos y
los lazos, líneas.
Red social también se suele referir a
las plataformas en Internet. Las redes
sociales de internet cuyo propósito es facilitar la
comunicación y otros temas sociales en el sitio web.
4.banda
ancha
Se conoce como banda ancha en telecomunicaciones a la transmisión de datos simétricos por la cual se envían
simultáneamente varias piezas de información, con el objeto de incrementar la velocidad de transmisión efectiva. En
ingeniería deredes este término se utiliza también para los métodos en donde dos o más
señales comparten un medio de transmisión. Así se utilizan dos o más canales de
datos simultáneos en una única conexión, lo que se denomina multiplexación
(véase sección más abajo).
Algunas de las variantes de los
servicios de Fiber To The Home son de banda ancha.
Los routers que
operan con velocidades mayores a 100 Mbit/s también son banda ancha, pues obtienen velocidades de transmisión
simétricas.
El concepto de banda ancha ha
evolucionado con los años. La velocidad que proporcionaba RDSI con 128 Kb/s dio paso al SDSL con una velocidad de 256 Kb/s. Posteriormente han surgido
versiones más modernas y desarrolladas de este último, llegando a alcanzar
desde la velocidad de 512 Kb/s hasta los 2 Mb/s simétricos en la
actualidad.
Al concepto de banda ancha hay que
atribuirle otras características, además de la velocidad, como son lainteractividad, digitalización y conexión o capacidad de acceso (función primordial de la banda
ancha).
Patterson ya hablaba de que la conexión
de banda ancha depende de la red de comunicaciones, de las prestaciones del
servicio. En su libro Latency lags bandwidth. Communications of the ACM escrito
en 2004 cuenta que el retardo es un aspecto crítico para las prestaciones de un
sistema real.
5.fibra
óptica
La fibra óptica es
un medio
de transmisión empleado habitualmente enredes
de datos; un hilo muy fino de material transparente, vidrio omateriales
plásticos, por el que se envían pulsos de luz que representan los datos a transmitir. El haz de luz queda
completamente confinado y se propaga por el interior de la fibra con un ángulo
de reflexión por encima del ángulo límite de reflexión total, en función de
la ley
de Snell. La fuente de luz puede ser láser o un LED.
Las fibras se utilizan ampliamente
en telecomunicaciones, ya que permiten enviar gran cantidad de datos a una gran distancia, con
velocidades similares a las de radio y superiores a las de cable convencional.
Son el medio de transmisión por excelencia al ser inmune a las interferencias
electromagnéticas, también se utilizan para redes locales, en donde se necesite
aprovechar las ventajas de la fibra óptica sobre otros medios de transmisión.
6.adsl
Es una tecnología de acceso a Internet debanda
ancha, lo que implica una velocidadsuperior
a una conexión por módem en la transferencia de datos, ya que el módem utiliza la banda de voz
y por tanto impide el servicio de voz mientras se use y viceversa. Esto se
consigue mediante una modulaciónde las señales de datos en una
banda de frecuencias más alta que la utilizada en las conversaciones
telefónicas convencionales (300-3400 Hz),
función que realiza elenrutador ADSL. Para evitar distorsiones en las señales transmitidas, es necesaria la
instalación de un filtro (llamado splitter o discriminador) que se
encarga de separar la señal telefónica convencional de las señales moduladas de
la conexión mediante ADSL.
Esta tecnología se denomina asimétrica debido
a que la capacidad de descarga (desde la red hasta el usuario) y de subida de
datos (en sentido inverso) no coinciden. La tecnología ADSL está diseñada para
que la capacidad de bajada (descarga) sea mayor que la de subida, lo cual se
corresponde con el uso de internet por parte de la mayoría de usuarios finales,
que reciben más información de la que envían (o descargan más de lo que suben).
En una línea ADSL se establecen
tres canales de comunicación, que son el de envío de datos, el de recepción de
datos y el de servicio telefónico normal.
Actualmente, las empresas de telefonía
están implantando versiones mejoradas de esta tecnología como ADSL2y ADSL2+ con capacidad de suministro de televisión y video de alta calidad por el par
telefónico, lo cual supone una dura competencia
entre los operadores telefónicos y los de cable, y la aparición de ofertas integradas devoz, datos y televisión, a partir de una misma línea y dentro de una sola empresa, que ofrezca
estos tres servicios de comunicación. El uso de un mayor ancho de banda para
estos servicios limita aún más la distancia a la que pueden funcionar, por el
par de hilos.
ADSL2 y ADSL2+ incorporan mecanismos de
modulación y gestión de los recursos físicos avanzados, de modo que no sólo aumentan
la capacidad del ADSL convencional de 8 Mbit/s a 12 y 24 Mbit/s
respectivamente, sino que introducen mejoras para evitar las interferencias o
ruido y disminuir los efectos de la atenuación de ahí que se alcancen
distancias de hasta 9 km.
El ADSL es una tecnología que utiliza el
par de cobre y tiene menos ancho de banda que otras tecnologías como cable
o Metro
Ethernet, cuyo cableado urbano está compuesto
por hilos de fibra óptica en lugar del par de cobre implementado en su mayor
parte en las décadas de 1950 y 1960.
7.enrrutador
Los enrutadores permiten que los equipos
se comuniquen y puedan pasar información de una red a otra, como por ejemplo,
de la red doméstica a Internet. Esta capacidad de dirigir el tráfico de la red
es lo que da nombre al dispositivo. Los enrutadores pueden ser inalámbricos o
usar cables Ethernet. Si sólo desea conectar los equipos, los concentradores y
conmutadores serán suficientes; sin embargo, si quiere que todos los equipos
tengan acceso a Internet con un solo módem, deberá usar un enrutador o un módem
con un enrutador integrado. Por lo general, los enrutadores proporcionan
seguridad integrada como, por ejemplo, un firewall. Son más caros que los
concentradores y los conmutadores.
4. Hago un análisis de como hoy se esta haciendo uso
de la tecnología y la telecomunicación y respondo si está al alcance de todos o
solo unos pocos tiene acceso a ellas, argumento y doy imágenes.
*Como se esta haciendo uso de la tecnología y las telecomunicaciones
El uso de medios de comunicación e información en las prácticas
pedagógicas es un recurso indispensable para acercar el desarrollo de las
competencias de los estudiantes a las dinámicas del mundo contemporáneo. La
Revolución Educativa propone mejorar los aprendizajes fomentando el uso de los
medios electrónicos, la televisión, la radio, el cine, el video y el impreso en
el aula de clase. Maestros y maestras son los ejes de este proceso para el
tránsito de la enseñanza al aprendizaje.
“Estamos en una sociedad mediática donde nos encontramos con unas
nuevas formas de comunicación y con un mayor número de mensajes. En ese
sentido, todo el sistema educativo debe orientarse hacia una mejor comprensión
de estos lenguajes y hacia la incorporación de estos medios en el aula de clase”,
afirma Sonia Cristina Prieto, directora de Calidad Educativa de Preescolar,
Básica y Media del Ministerio de Educación.
El Ministerio adelanta el proyecto de uso pedagógico de medios
electrónicos, radio, televisión, video, cine e impresos en las prácticas
pedagógicas de los maestros1. En el marco de la política de calidad, sus
objetivos se orientan a mejorar el desarrollo de las competencias de los
estudiantes colombianos en lo que se refiere al acceso a estos medios y, sobre
todo, al fortalecimiento de las habilidades y las competencias de los maestros
para el uso eficaz de estos recursos en sus prácticas pedagógicas.
“Un guión de cine o televisión, por ejemplo, es un elemento vital
para el aprendizaje del lenguaje: el estudiante se motiva más a aprender la
composición de un diálogo directo o indirecto, a partir del análisis o la
composición misma de diálogos para cine. Con esto, ellos desarrollan
competencias interpretativas y argumentativas, propositivas porque, además de
entender los actores, las partes y los tipos de diálogo, analizar el contexto y
las emociones, realizan comics o guiones para televisión y cine”, afirma Carlos
Alberto Escobar, maestro de la Institución Educativa Primavera, ubicada en el
municipio de Bolívar, en el Valle del Cauca. “El aporte que le da el lenguaje
audiovisual al aula es infinito: se puede utilizar para construir conocimiento,
para reflexionar acerca de un tema específico, hacer investigación, desarrollar
competencias comunicativas, leer la realidad y hacer lectura crítica de
mensajes. Utilizamos el medio mismo para desarrollar conocimiento científico a
través de la investigación, que es necesaria en cualquier proceso de
construcción simbólica”, concluye.
Son múltiples los usos que los maestros pueden hacer de los
dispositivos mediáticos. “Más allá de los contenidos emitidos a través de los
medios, los mensajes que transitan son representaciones de la sociedad”, afirma
Myriam Ochoa, investigadora en educación. “El medio está ahí como un recurso
útil para agregar valor a la educación, en la medida en que nos permite
aterrizar, a los contextos de la vida cotidiana, los contenidos y las
habilidades que se adquieren en la escuela”, agrega.
Cada medio y sus lenguajes particulares permiten, en un mayor o
menor grado, el desarrollo de unas u otras competencias. Un maestro tiene a su
disposición un abanico de posibilidades y recursos para seleccionar, de acuerdo
con el reto pedagógico al que está enfrentado. Hoy en día convivimos con los
medios de información y comunicación en todas las esferas de la vida cotidiana.
En este sentido, asegura Myriam Ochoa, “desde la educación no se puede crear un
antagonismo con los medios, ni satanizar los mensajes que están allí. Educar es
un oficio que obliga a actualizarse constantemente y hacia allá nos lleva el
ritmo de esta sociedad mediática: aprender a trabajar pedagógicamente con los
medios”.2
*Opinión
Ami me parece que si tiene uso pero no
muchos porque ahora la tecnología es todo lo que vemos y sabemos que desde hace
mucho tiempo ha existido pues en mi opinión la tecnología cambiara el mundo porque
vamos avanzando en pasos lentos pero lo
hacemos lo importante es que la tecnología siga avanzando m uchos y
pueda alfin cambiar el mundo sin destruir cosas
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